Seguros
DIRECCION GENERAL DE SEGUROS: DGSFP
En artículos anteriores, hemos estado hablando sobre la importancia de tener asegurado nuestro futuro, tanto de forma económica, como personal, disminuyendo los riesgos. Los seguros, son inversiones de futuro que nos proporcionan seguridad y tranqulidad a lo largo de la vida. De ahí, que exista un órgano regulador, la DGSFP o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, cuya función es la de vigilar el correcto funcionamiento de las entidades de seguros.
Dirección General de Seguros es por tanto, el organismo encargado de supervisar y controlar al sector asegurador (Sociedades anónima, mutuas, cooperativas…), y garantizar la protección necesaria a cada cliente asegurado, así como a los partícipes de los planes de pensiones.
DIRECCION GENERAL DE SEGUROS
Las funciones que desempeña la DGSFP o Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones son las siguientes:
- Control del cumplimiento de los requisitos para el acceso a la actividad aseguradora conforme a la ley 30 / 1995, de 8 de noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados
- Control en materia de fusiones, agrupaciones, cesiones de cartera, etc
- Supervisión e inspección del ejercicio de la actividad
- Preparación de proyectos normativos
- Realización de estudios sobre los sectores de seguros y reaseguros privados, y planes y fondos de pensiones, así como la coordinación de las relaciones en estos ámbitos con la Unión Europea, con otros Estados y con organismos internacionales, de acuerdo con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
- Prestar soporte administrativo
- Contestación de consultas etc.
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SEGUROS DE DECESOS
Actualmente, casi todo es asegurable, pero el seguro más vendido a lo largo de la historia de las compañías aseguradoras, son los seguros de decesos. Este tipo de seguro, es contratado generalmente por familias, pues de esta forma cubren los riesgos que puedan presentarse a lo largo de la vida del núcleo familiar.
Seguros de decesos son aquellos seguros que van destinados a gestionar todos los trámites relacionados con el fallecimiento, por tanto, no teniendo que preocuparse el resto de la familia en esos momentos tan difíciles, prestando la compañía aseguradora, ayuda de tipo material y emocional.
Pero además, los seguros de decesos, cubren otras garantías, como puede ser la salud dental, segunda opinión médica en caso de enfermedad grave, atención médica telefónica las 24 horas, asesoramiento legal y otras garantías complementarias como seguro de viajes, prima por maternidad, etc.
Cómo podemos ver, los seguros de decesos ya no van dirigidos específicamente a resolver los trámites y gestiones en caso de fallecimiento, sino a prestar una serie de servicios complementarios como los que hemos ido citando.
SEGUROS DE DECESOS: GARANTÍAS PRINCIPALES
- Asistencia decesos
- Asistencia de traslado
- Asistencia en el extranjero
- Asesoramiento legal
- Teleasistencia al domicilio
- Atención médica telefónica
- Accidentes de circulación
- Invalidez
- Salud dental
- Conservación del ADN
No son seguros caros, pues por 150 o 200€ de pago de prima anual, tenemos contratada una buena cobertura de seguros de decesos.
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SEGUROS HOGAR
En el mundo de los seguros, hay una gran variedad de compañías aseguradoras donde acudir para contratar nuestro seguro hogar. Pero, realmente ¿para que sirve un seguro de hogar? Pues eso es precisamente lo que hoy vamos a explicar, además de darte una serie de consejos a tener en cuenta a la hora de decantarte por una u otra compañía de seguros. Al final, cualquier decisión, influirá sobre nuestra economía.
Seguros hogar, tal y como bien indica su propio nombre, se trata de un contrato consensual entre una persona física o una empresa y una entidad aseguradora. El objetivo de los seguros de hogar, es cubrir al tomador de dicho seguro, de algunas contingencias que se pueden dar en su hogar, a cambio del pago de una prima anual.
En los seguro hogar, habría que distinguir dos partes a la hora de contratar un seguro para nuestra casa, y es que por un lado se encuentra el continente y por otro, el contenido, pues de ellos depende el precio de nuestro seguro de hogar:
- CONTINENTE
Es la casa en sí, es decir todos aquellos elementos y materiales que forman una vivienda. Normalmente, a los clientes les suelo decir, que el continente sería todo aquello que no se cae si díeramos la vuelta a la casa.
- CONTENIDO
En cambio, el contenido son todos aquellos activos inmovilizados que se encuentran dentro de la casa, como puede ser mobiliario, sofás, tv, mesas, camas, ajuar personal, electrodomésticos y demás enseres.
Por lo general, las compañías aseguradoras, tienen programas que calculan directamente el valor del continente, sólo con el año de construcción de la vivienda, el tipo de vivienda del que se trata (piso, casa, chalet…) y la provincia en la que este ubicada. En cambio, el contenido, es algo que se debe calcular teniendo en cuenta el valor de los bienes que tenemos en la casa. Aún así, debemos saber que ambos van íntimamente relacionados, es decir, que para un valor de continente de por ejemplo 100.000€, el valor del contenido no debería ser inferior a los 23.000€ 0 24.000€.
El infraseguro es algo muy perjudicial para la persona que contrata el seguro hogar, pues si sufre algún desperfecto en la casa y el valor se encuentra por debajo de la cifra resultante (metros de la casa, tipo de vivienda, zona geográfica y año de construcción, que son los que determinaran el riesgo de los seguros hogar), la compañía está en el derecho de únicamente indemnizar, si se produce el siniestro, el importe que declaró en el momento de la contratación del seguro de vivienda, esto es, la parte proporcional.
Un caso más representativo para que se entienda el infraseguro, sería tenemos valorado el contenido en la póliza por 20.000, pero realmente nuestro mobiliario está valorado en 40.ooo€. Si existe siniestro, y ocasiona unos gastos de 1.000€, la compañía sólo abonará al cliente la cantidad proporcional, es decir, 500€. Aunque, en el artículo 30 de la Ley de Contrato de Seguros se establece que la aplicación de la regla proporcional se puede excluir del contrato, de común acuerdo.
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SEGUROS DE VIDA, POR QUE CONTRATARLO?
Dentro de nuestra sección de planificación financiera, ya hablamos muy por encima sobre los seguros de vida. Hacíamos referencia a no sólo a tener una situación financiera adecuada, si no que era necesario además, disminuir los riesgos personales con algún tipo de cobertura. Por eso, los seguros de vida sería un producto adecuado para esto, pues abarcaría la cobertura no sólo de fallecimiento sino también en caso de invalidez.
Seguros de vida es una palabra que a dia de hoy sigue provocando rechazo entre la mayoría de la sociedad, de hecho, parece más bien una carga monetaria, pues pagamos un importe anual por el seguro de vida, pero no recibimos nada a cambio, es decir, es a fondo perdido. Este es el pensamiento más habitual entre mis clientes.
Sin embargo, me gusta hacer una pregunta en estos casos, ¿tenemos asegurado el coche?. En el 99% de los casos la respuesta es afirmativa, entonces la siguiente es: ¿por qué?. Y todas las conclusiones coinciden, hay que tener asegurado el coche por si tenemos un accidente.
Entonces, si esto lo tenemos tan claro, deberíamos pensar que lo más importante somos nosotros, y que somos el principal motor de ingresos en la economía familiar, y que por circunstancias de la vida, podría darse el caso de no poder desempeñar nuestro trabajo, y entonces cómo podríamos seguir manteniendo el nivel de vida, y asegurar el futuro de los que nos rodean?
Los seguros de vida tienen por objeto esto mismo, es decir, cubrir las posibles contingencias que se produzcan en nuestra vida para garantizar nuestro futuro. Por lo que sobretodo, personas con responsabilidades familiares a su cargo deberían estar cubiertos con un seguro de vida . Existe gran oferta de seguros de vida de las distintas aseguradoras, sin embargo, hay que leer bien cada una de las cláusulas, pues no siempre el seguro más caro es mejor, ni el más barato, el peor.
SEGUROS DE VIDA: PARTES DEL SEGURO
- Asegurador
Sería la compañía con la que se contrata el seguro, a cambio del pago de una prima tendremos un capital asegurado en caso de fallecimiento o invalidez absoluta o permanente del asegurado, a causa de enfermedad o accidente.
- Tomador
Es la persona que contrata la póliza, y por tanto, se obliga a pagar el importe de la prima que corresponda a dicho seguro.
- Asegurado
Sería la persona que está asegurada y cubierta por la póliza.
- Beneficiario
En caso de que se produzca el fallecimiento del asegurado, el capital por fallecimiento sería entregado al beneficiario, persona asignada previamente, del seguro de vida.
- Prima
Es el importe que tiene que ser satisfecho por el tomador o asegurado como contrapartida de esa cobertura de riesgo personal.
Si os surgen algún tipo de dudas sobre los seguros de vida u otros seguros, podéis dejar vuestros comentarios y os contestaré a la mayor brevedad posible. Si son dudas sobre asesoramiento personal sobre seguros o planificación financiera, recuerda que puedes consultarme sin ningún compromiso en el correo queeseconomia@gmail.com
Más información en la Dirección General de seguros y Fondos de Pensiones
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UNIT LINKED
El unit linked es un producto financiero que venden las aseguradoras y que está vinculado a un fondo de inversión. El unit link nació en España en la década de los noventa. Es un seguro de vida, y además se trata de un producto de inversión, pues a través de aportaciones monetarias, cuya periocidad puede ser anual, mensual, trimestral o semestral, se consigue generar un ahorro en el largo plazo.
UNIT LINKED: CARACTERISTICAS
Los unit link presentan una serie de características:
- Son seguros de vida que contratamos a través de una prima y que nos aseguran un capital por fallecimiento o invalidez.
- Permite poder cambiar de un fondo de inversión a otro fondo, sin ningún tipo de incidencia en cuanto a la fiscalidad.
- Existen primas obligatorias (cuota anual) y primas extraordinarias (podemos aportar dinero en cualquier momento).
- El inversor puede cancelar el unit linked en cualquier momento. Algunas entidades penalizan la cancelación a corto plazo con un porcentaje de comisión por penalización. Dicho porcentaje varía dependiendo la entidad, pero por lo general van disminuyendo a medida que pasa el tiempo.
- La entidad de seguros asume la cobertura de fallecimiento del titular, y el riesgo financiero de las inversiones, es asumido por el titular.
- La elección de los fondos o de la cartera es un derecho del cliente. Puede optar por FIM, FIAMM, nacionales o internacionales.
A modo de resume, podemos decir que los unit linked están indicados para aquellas personas que buscan un complemento monetario para el momento de la jubilación, y una cobertura de vida. Los unit link junto con los planes de pensiones, serían los productos financieros más interesantes desde el punto de vista del ahorro a largo plazo.
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